A continuación se detallan las normas que han salido adelante en el Pleno del Consejo:

 

INSTRUCCIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL PERMISO DE NACIMIENTO, GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO O ADOPCIÓN Y LACTANCIA.

Esta instrucción pretende extender también al padre o a la madre de una familia monoparental, el supuesto contemplado en la O.G. 1/2016 que dice que:

«…el progenitor distinto a la madre biológica pueda hacer uso de la totalidad o de la parte que reste del permiso al que tenía derecho cuando esta fallezca».

En ambos casos, el menor objeto de protección pasa a depender de un solo progenitor.

La madre o el padre de una familia monoparental podrá hacer uso de la totalidad de las 16 semanas o, en caso de fallecimiento, de la parte que reste del permiso del otro progenitor por los supuestos descritos anteriormente.

La madre o el padre de una familia monoparental tendrá derecho a dos horas de ausencia del trabajo, en las condiciones expuestas en el artículo 23 de la citada OG 1/2016.

Se podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido, que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente con una duración de 31 días naturales.

También trata de paliar las consecuencias de tener que atender obligaciones profesionales de carácter inaplazable; como la asistencia a juicios con ocasión de su condición de agente de policía judicial.

Cuando dicha citación colisione con el disfrute inaplazable de los permisos por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción; y también durante la acumulación de la lactancia.

Así, cuando el personal de la Guardia Civil sea citado para la asistencia a juicio, con ocasión de su actuación profesional como policía judicial, genérica o específica, durante el disfrute de los permisos previstos, se añadirá un día al final del permiso previsto y autorizado por cada día de asistencia.

Esta instrucción ha salido adelante gracias al apoyo de la mayoría de las asociaciones, y solo dos se han abstenido.

ORDEN MINISTERIAL SOBRE DETEMINADAS CONDUCTAS QUE AFECTEN AL PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

El proyecto de Orden Ministerial tiene por objeto aglutinar y homogeneizar, en una sola norma de relevancia, el conjunto de medidas preventivas de carácter específico que la Guardia Civil debe adoptar cuando por razones psiquiátricas, psicológicas fruto de conductas anómalas, o por conductas contrarias a la deontología profesional, se puede presumir un riesgo potencial o capaz de generar graves consecuencias. Entre estas medidas está la retirada de armas.

Además, la instrucción afecta a otros ámbitos:

  • La conducción de vehículos (incluidas aeronaves y embarcaciones).
  • El equipamiento policial.
  • El acceso a bases de datos.
  • La posibilidad de la retirada provisional de la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP).

Estas medidas, que son siempre provisionales, tienen carácter cautelar y se posibilita su adopción inmediata.

A favor de dicha instrucción se han mostrado cinco de las asociaciones representadas en el Consejo de Guardia Civil.

ORDEN MINISTERIAL SOBRE LAS NORMAS DE UNIFORMIDAD

Una vez aprobado y en vigor el Real Decreto 967/2021, de 8 de noviembre, por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil, procede continuar su desarrollo normativo con este proyecto de orden ministerial.

Como aspectos a destacar, al margen de cambios en la redacción para mejorar la compresión y la mejora en el diseño en los gráficos de uniformes, se incorporan:

  • La uniformidad para el interior del acuartelamiento.
  • El uniforme específico para el servicio de campaña u operaciones.
  • La eliminación del ceñidor dorado para la escala de cabos y guardias en los uniformes de gala y gran gala.

Se dejan, para un desarrollo posterior en las normas, los uniformes específicos.

ADEMAS, ENTRE OTROS ASUNTOS SE HA TRATADO:

  • El inicio de los trámites dirigidos para el abono de la productividad estructural dejada de percibir desde el año 2017.
    • Pago que alcanzará a todo el personal de la Guardia Civil afectado, lo haya reclamado o no, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, y tan pronto como exista disponibilidad de crédito para hacer frente a dicho gasto.
    • La cantidad aproximada, con inclusión de los intereses de demora, se estima en torno a los 28 millones de euros.

Aunque la Dirección General procederá de oficio, todo el personal que presta servicios fuera del ámbito de la Guardia Civil deberá solicitarlo.

  • La pretensión del Ministerio del Interior de abordar reglamentariamente la obligación de la Administración de hacer frente a la responsabilidad civil del personal del Cuerpo con ocasión del servicio.
  • La publicación en un BOGC extraordinario el próximo día 1 de abril del anuncio de los destinos, por adaptación orgánica, del personal afectado por los artículos 37.1 y 37.2. También se publicarán los ceses en los destinos del personal afectado por aplicación del art 37.2 que no ha mostrado su conformidad con la adaptación orgánica de su puesto de trabajo.
  • La previsión del calendario de anuncios de vacantes por empleos para los años 2022 y 2023.
  • La previsión de que, con fecha 17 de mayo, se publiquen en el BOGC las fichas de méritos.
  • La apertura de un grupo de trabajo no permanente para estudiar el modelo de prestación de servicio mediante turnos y cadencias.

FUENTE: Intranet D.G.G.C.