¿Cuál es el proceso de las adaptaciones orgánicas? Comencemos por el principio: 

El 14 de septiembre de 2021 fueron publicadas en el BOGC núm. 38, las 19 órdenes generales de las diferentes especialidades de la Guardia Civil, que constituyen el desarrollo normativo de la Orden Ministerial PCM/509/2020 de 3 de junio. En ellas se recogen los pormenores que afectan a la regulación de cada una de las Especialidades en la Institución.

¿Cuándo entrará en vigor?

A partir del 1 de abril de 2022. Entonces, las características de algunos puestos de trabajo van a sufrir modificaciones, a fin de actualizarse a la nueva regulación.

Estos cambios hacen necesaria una adaptación orgánica, adaptación que viene recogida en el artículo 37 del Reglamento de Destinos del personal de la Guardia Civil.

Los destinos de las adaptaciones están previstos ante modificaciones en las dotaciones del catálogo de puestos de trabajo de la Guardia Civil. Por lo que, es imprescindible -al cambiar de puesto- volver a destinar (sobre su misma vacante) a todo el personal afectado.

¿Quién se va a ver afectado?

El proceso de adaptación orgánica se realiza sobre el personal que se encuentre ocupando una vacante, a fecha 1 de abril de 2022, en un puesto de trabajo que vaya a cambiar por motivo de la entrada en vigor de las O.G. de las especialidades de la Guardia Civil. En este proceso hay personal de todos los empleos y escalas.

Para poder decidir qué parte del personal será afectado, es imperativo que el proceso de asignación de destinos del empleo que se trate se encuentre cerrado y que además, haya entrado en vigor la resolución de destino.

¿Cómo se realizarán las adaptaciones?

Existirán dos tipos:

  • La primera se encuentra recogida en el artículo 37.1: afectará a las personas que hayan sido trasladadas por cambios de denominación de la Unidad, puesto de trabajo o función por exigencia de adaptación al catálogo, así como por la reorganización o reestructuración orgánica de unidades.
  • La segunda forma la contempla el artículo 37.2: viene determinada por la expresa petición del afectado, cuando se den una de las siguientes situaciones: variación de cuantía del componente singular del Complemento Específico, cambio de residencia del afectado o cambios en el desarrollo del trabajo que afecten a su desempeño en la carrera profesional.El CES, por su parte, no cambiará en ningún caso cuando: no se cuente con la voluntariedad del afectado.

¿Y qué tengo que hacer?

Para ello, se implantará una herramienta en Mi Gestión Profesional para presentar el consentimiento. De esta manera, se aportará información precisa acerca de los cambios introducidos en el puesto que ocupa, su alcance y los efectos derivados de una u otra opción, además de mostrar conformidad o no.

Esa decisión debe estar firmada digitalmente. Además, desde la propia plataforma, el usuario contará con toda la información relativa a los plazos y novedades, y un documento con todas las dudas frecuentes (FAQ).

¿Qué hago por el momento?

Para reducir las incidencias previas, se recomienda:

  • Estar atento a las novedades
  • Comprobar la operatividad del correo corporativo
  • Prestar atención a los certificados electrónicos para utilizarlos cuando llegue el momento

El objetivo del procedimiento es actualizar todos los puestos de la Guardia Civil en función de la nueva normalidad de medidas. Es una decisión clave para poder anunciar las nuevas vacantes. Además, hace que todo el proceso de asignación por concurso de méritos se vea muy influenciado, ya que, es imprescindible para poder cubrir esos cambios. Es por este motivo por el cuál el plazo de vacantes ha variado.