Una vez aprobados los importes destinados a satisfacer las necesidades planteadas para dar cobertura al pago anual de la productividad por objetivos en base a la consecución de resultados profesionales, a continuación, se detallan los importes correspondientes al proceso de distribución de la productividad por Objetivos en su modalidad O2, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.

Los importes señalados corresponden a las cuantías máximas a abonar para cada empleo aplicando el mismo factor de corrección que en la distribución de la productividad por objetivos O2 en años anteriores.

Estos importes máximos se verán reducidos, en su caso, por situaciones de no disponibilidad, de acuerdo con los criterios señalados en la Orden General número 12, de 23 de diciembre, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.

Por otra parte, y al objeto de dar cumplimiento a lo previsto, respecto al presupuesto asignado de productividad por equiparación para el ejercicio económico en curso, correspondiente a los doce meses del año natural, se han establecido las siguientes directrices en cuanto al abono de las cantidades correspondientes a los meses de devengo de noviembre y diciembre de 2020:

Para todo el personal que cumpla los requisitos referidos al primer día hábil de los meses de devengo de noviembre y de diciembre de 2020, por los que adquiere la condición de acreedor de las cuantías asignadas al complemento de productividad por equiparación del año 2018 (20,09€/mes) y 2019 (15,08€/mes), se les abonarán éstas, en su cuantía integra, en nómina de incidencias, de la misma forma que así se ha hecho con los importes correspondientes el tercer tramo de equiparación salarial en la nómina ordinaria de diciembre.