Conforme a cuanto se determina en el artículo 14 de la Orden General número 1, de 22 de enero de 2016, por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil, el Director Adjunto Operativo ha dispuesto que, en el ámbito de sus respectivas competencias, durante el periodo de Navidad de 2025/2026 se establezcan inicialmente los siguientes turnos de permiso:
- Primer Turno: del 22 al 28 de diciembre de 2024.
- Segundo Turno: del 29 de diciembre de 2024 al 4 de enero de 2025.
- Tercer Turno: del 5 al 11 de enero de 2025.
Dichos turnos podrán ser modificados en función de las propuestas que, en su caso, las unidades (Zonas y Jefaturas) remitan al Estado Mayor (Sección de Asuntos Generales) mediante una propuesta de modificación de las fechas establecidas. Esta propuesta se hará a la mayor brevedad posible, y siempre antes de las 12:00 horas del 26 de septiembre, una vez analizados los calendarios laborales de las comunidades autónomas respectivas. La Jefatura de la Agrupación de Tráfico remitirá las propuestas emitidas por cada Sector, en su caso.
La concesión de los tres días consecutivos de permiso dentro de cada uno de los turnos podrá realizarse uniendo dichos días al descanso semanal u otros descansos correspondientes, siempre que estén cubiertas las necesidades del servicio, bajo criterios de la normativa de referencia (O.G. 11/2014 por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil y O.G. 1/2016 por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil).
Respecto del personal que se encuentre desarrollando su prestación de servicio en la modalidad a turnos, con arreglo a lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la mentada O.G., para que el disfrute dentro de la cadencia regular que se establezca no altere el número de días del crédito de vacaciones y se asegure el efecto neutro del periodo vacacional sobre la jornada de servicio, se dispone que el personal de dichas unidades podrá disfrutar de los tres días consecutivos de permiso de Navidad, del 15 de diciembre de 2025 al 11 de enero de 2026, sin sujeción a los periodos reflejados para el resto del personal.














