Se inició la reunión a la hora prevista donde la Administración comunicó la previsión, más que probable, de la presentación del protocolo a la comisión normativa anterior a su aprobación en el Consejo de 30-06-2021.

Esta primera versión completa una vez estudiada recoge la gran mayoría de aportaciones
realizadas por las AAPP y  la Administración justificó, a nivel jurídico, aquellas que no se han admitido debido a su difícil encaje legal en el protocolo.

Comenzamos con la revisión de esta primera versión completa del protocolo que pretende tener una efectividad real y que no quede en una mera declaración-exposición de intenciones.

La estructura recoge entre otras:

  • La acreditación de víctima
  • Información, asesoramiento y orientación especializada
  • Asistencia psicológica y apoyo
  • Una guía de derechos (movilidad, permisos, jornada y excedencia)
  • Medidas con respecto a la víctima (pabellones, residencias y emolumentos)
  • Medidas con respecto al autor (prohibición de acceso y uso de determinadas bases de datos, retirada de armas, etc…)
  • Medidas de rehabilitación tanto para víctima como para el autor.
  • Medidas de formación y seguimiento del plan
  • Medidas de difusión y sensibilización.

Una vez finalizada la exposición de la Administración las AAPP entramos a puntualizar y es donde nos aclararon algunas medidas solicitadas que no tienen encaje legal en el protocolo.

Todas las AAPP mostramos nuestra preocupación en la seguridad de la víctima en evitación del control de ella a través de los datos de las mismas, así como que la posible recuperación y rehabilitación del autor con asistencia a cursos o jornadas fueran de carácter obligatorio.

Todas venimos a coincidir que es necesario individualizar cada acaso y adoptar la medidas que cada caso necesite y que vengan recogidas en el protocolo, para evitar que un protocolo rígido en su aplicación pueda revictimizar a la víctima; del mismo modo que son necesarios los cauces adecuados de comunicación que aseguren un escrupuloso cumplimiento de las medidas judiciales impuestas al autor. Siendo imprescindible esa comunicación entre unidades para evitar que puedan coincidir en cursos o servicios teniendo en vigor una orden de prohibición de aproximación.

Finalmente sobre el texto completo adelantado las AAPP, si bien se encuentra bastante consensuado e incluyen la gran mayoría de peticiones realizadas se estudiara en profundidad para matizar algunas cosas y realizaremos alguna propuesta mas que consideramos importante y que debe ser recogida en el protocolo.

Sobre las próximas aportaciones y observaciones al texto a realizar por las AAPP, deberán realizarse para antes del 17 de mayo con vistas a la reunión siguiente que ha quedado fijada para el 26 de Mayo.

UniónGC llevará a dicho grupo las consideraciones y mejoras que se consideren oportunas.

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